Hace unos días, Francia prohibió el uso del niqad y el burka en los espacios públicos. “Ni en vías públicas, ni en lugares abiertos al público o afectados a un servicio público” se puede hacer acto de presencia con el rostro oculto. La medida ha sido calificada –en algunos medios de comunicación- de absurda, de estupidez, de maldita, de insensata. Incluso se apela -para apoyar tan ostentosos calificativos- al uso que hacen los motoristas del casco, los soldadores de la máscara, los practicantes de la esgrima de la careta, y, en los Carnavales, al uso de todo tipo de disfraces. Probablemente estemos ante el hecho cierto de expresar una opinión sobre cuanto se ignora.
Nada tendría sentido, en relación al tema, si no partimos y entendemos de verdad la condición ciudadana. Ésta es igual para todos (Cfr. La condición digna de la mujer, en http://plazapublicagredelrio.blogspot.com, del 31.05.2.010). Compartimos plenamente el punto de vista de Gabriel Albiac cuando afirma: “Comparecer bajo máscara es suspender la condición ciudadana. El tiempo de un festejo o el de un rito marcan las paredes de ese paréntesis. Que, por contraste, enfatiza la exigencia diaria: afrontar, a rostro descubierto, la individual responsabilidad del acto libre”.
La medida adoptada en Francia nos parece de elemental necesidad. Lo contrario –tolerar la presencia de algunas mujeres musulmanas en el espacio público bajo máscara- significaría tolerar y permitir situaciones opuestas al contenido esencial de la común condición (iguales derechos y deberes) de todo ciudadano. Condición -no debería ser necesario subrayarlo- vigente desde el establecimiento de la democracia misma, desde las grandes revoluciones occidentales y, muy en particular, desde la francesa. Por esta razón, lo que estaba ocurriendo de hecho en Francia –y en otros países occidentales-, lo que se toleraba y permitía -comparecer bajo máscara- era, sin duda, algo excepcional y extraordinario, que ponía en entredicho un principio sagrado en Occidente: la igual condición ciudadana. Era, en definitiva, una manifiesta contradicción -establecer un paréntesis-, que permitía lo anticiudadano, la suspensión de la plenitud ciudadana.
Dicho de otro modo, a la ley –seguimos la argumentación del ya citado G. Albiac- han de ajustarse por igual todos los ciudadanos, en derechos y obligaciones, en el modo de comparecer en el espacio público, en el modo de ejercer la individual responsabilidad ciudadana, esto es, a rostro descubierto. La norma francesa, por tanto, no es de orden religioso. En los lugares de culto, manda la liturgia y, en el teatro, el director de escena. Pero estos momentos escénicos –y otros imaginables- son necesariamente muy concretos y acotados.
La clave única de toda la cuestión radica, por tanto, en la igualdad de todos los ciudadanos. Principio inspirador, valor superior, de cualquier ordenamiento democrático occidental. Ha costado mucho lograrlo. Algo más de doscientos años. Los ciudadanos somos todos iguales, sin distinción ni de sexo ni de religión. El multiculturalismo fracasado y el relativismo imperante pretenden imponer en las democracias occidentales prácticas, que, en el fondo, son contrarias a los derechos humanos. Y lo hacen en base a su pretendido carácter cultural y/o religioso, que, según estas posiciones, habría que respetar. Creo que, en Occidente, no tiene sentido este tipo de pensamiento. Occidente (cfr. Ayaan Hirsi Ali, Nómada, Madrid 2.011) no desea renuncia a su cultura y, en consecuencia, piensa que el inmigrante es quien está obligado a adaptarse.
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