SIMBOLOS RELIGIOSOS EN EL TRABAJO
Dos mujeres británicas fueron despedidas por negarse a ocultar en el trabajo el signo de la cruz. Nadia Eweida perdió su puesto de azafata de tierra en British Airways. Shirley Chaplin, enfermera de profesión, fue despedida por el hospital de Exeter por motivos similares. La cuestión ha llegado al Tribunal Europeo de Derechos humanos. Ya veremos qué decisión toma.
El Gobierno británico –en un gesto sectario– ha encomendado a sus representantes que se opongan al derecho de los cristianos a llevar colgado al cuello el símbolo religioso de la cruz durante el trabajo. En concreto, el Gobierno Cameron entiende –y así lo alegará– que llevar semejante símbolo religioso no forma parte esencial de la fe cristiana, que es algo opcional y que no constituye un requisito religioso obligatorio. Es decir, no forma parte del derecho individual de libertad religiosa, cuya tutela y protección asume el Estado para todos los ciudadanos con independencia del color de su fe religiosa. La consecuencia –en opinión de la ministra de igualdad– es clara: las empresas pueden despedir a aquellos empleados que rechacen ocultar el símbolo religioso de la cruz.
Llevamos bastante tiempo en Europa con la misma cantinela. Avergonzada de su propia identidad, se empeña en imponer la ley del silencio a todo aquello que suene a religión y más si es la cristiana. Eso sí, con el hipócrita amparo en la tutela de la libertad religiosa. La izquierda política y cultural –con manifiestas complicidades de cierta derecha– hace ostentación de semejante sectarismo, ya caduco y trasnochado. Ni siquiera, al parecer, la políticamente correcta censura permite la visualización de los signos externos de la fe que cada cual pueda abrazar y convertir en el motor de su existencia. La corrección aconseja la ocultación de tales signos, por ejemplo, en el trabajo.
Uno se pregunta –ante estas actitudes contrarias a la autonomía personal– de qué libertad estamos hablando, qué entendemos por sociedad pluralista, qué significa eso del respeto y de la tolerancia. Uno puede entender que cualquier signo religioso, cualquier símbolo ideológico y/o solidario, cualquier expresión externa de las infinitas utopías humanas, pueda no ser compartido por el vecino o por el compañero de trabajo. Uno puede entender que sus ideas y creencias molesten a otros. Diría que, hasta cierto punto, es inevitable, sobre todo si tenemos en cuenta que muchos viven sus convicciones de un modo dialéctico o arrojadizo frente a los demás. Pero esto forma parte del necesario pluralismo reinante. La actitud responsable –que deben propiciar los Estados– no es exigir el ocultamiento de tales símbolos (imponer la censura y el silencio) sino fomentar el respeto y la tolerancia.
Todo persona –dicen, al menos formalmente, los textos de derecho constitucional internacional–, sea de la religión que sea, puede practicarla, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, y exhibirla, si ese es su deseo, con toda amplitud, amparada precisamente por el respeto y tolerancia de todos. El único límite lo conocemos perfectamente: el respeto a la dignidad de los demás, el respeto a los derechos humanos, la ausencia de violencia y coacción.
No se me ocurre nada mejor para ilustrar lo expuesto que recordar unas palabras del Estatuto de la libertad religiosa de Virginia (a.1785). En él se rechaza “la impía presunción de legisladores y dirigentes, tanto civiles como eclesiásticos, quienes siendo hombres y, por tanto, falibles, han asumido el dominio sobre la fe de otros hombres, implantando sus opiniones y modos de pensar como los únicos verdaderos e infalibles, y tratando de imponerlos a otros”.
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sábado, 31 de marzo de 2012
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