lunes, 31 de mayo de 2010

LA CONCIENCIA DIGNA DE LA MUJER
Recientemente hemos escuchando un sinfín de puntos de vista acerca del llamado velo islámico. Todos ellos dignos de respeto, al menos en las personas que los formulan. El problema, a mi entender, no encontrará una respuesta válida si no se sitúa en el marco debido, que no puede ser otro que el de los valores que identifican, definen e inspiran el Estado democrático de derecho.
Nuestra Constitución, en su art. 14, es clara y terminante: ‘Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna…’. Todos, absolutamente todos, con independencia de nuestro lugar de nacimiento, sexo, religión y cultura. Esto es así –estamos ante la gran conquista en la civilización occidental-, precisamente, porque somos individualmente diferentes. Todos merecemos y tenemos derecho a un mismo trato igualitario por parte del Estado. Las mujeres también, aunque –es preciso reconocerlo-, en el mundo islámico, no sea así. Se trata –nada más y nada menos- que de la igual condición de todos y cada uno de los ciudadanos.
Esta lucha por la efectiva vigencia de su dignidad ha caracterizado a la mujer del s. XX. Recién conquistada –al menos, a nivel legal-, no puede renunciarse ni mediatizarse por nada ni por nadie. En esta defensa, como ha subrayado J. A. Marina, no cabe tolerancia alguna. Es más, se justifica una actitud de intolerancia pues está en juego el común acervo de derechos subjetivos fundamentales, propios de la condición y dignidad que nos otorga la común ciudadanía.
En este contexto, ¿dónde, pues, radica el problema del velo islámico? Muy sencillo. El velo islámico ‘no es ornamento ni atuendo. Es signo litúrgico. Que dice lo que dice. Lo que el Libro al cual debe fe el musulmán dicta: la propiedad sobre la hembra del varón’ (Gabriel Albiac). Lo cual, por otra parte, es exactamente contradictorio con el principio igualitario que se proclama en Occidente. Es y representa –sería secundar y otorgar vigencia- a ‘lo anticiudadano’. Sería tanto como negar la propia dignidad igualitaria de la mujer.
Aquí radica –al parecer de muchos con los que coincido- el fundamento último de su prohibición. El Estado democrático no puede ignorar ni consentir en el espacio público este esencial criterio de tratamiento a todos sus ciudadanos, absolutamente iguales. No puede consentirse un trato discriminatorio, no es de recibo una consideración que implique o manifieste de hecho una sumisión de la mujer al hombre. En Occidente –como ha recordado J. Nart- la mujer ya no es el justo botín del hombre.
No olvidemos, asimismo, que el moderno Estado democrático se define, a su vez, por una básica y estricta neutralidad en el tratamiento a sus ciudadanos. Sean cuales fueren las creencias y convicciones de éstos, no pueden fundar ni legitimar tratamiento alguno discriminatorio y desigual. Admitir el velo en los espacios públicos atenta, por tanto, a la dignidad que merece la mujer, que, en modo alguno, puede ser rebajada en su condición de igualdad con el hombre.
¿Dónde está el feminismo militante? No se le espera. Sirve a otras causas, como es obvio.

Gregorio Delgado del Río

No hay comentarios: